miércoles, 17 de agosto de 2011

Desarrollo Historico del Derecho Comercial en Colombia

Las manifestaciones  y actividades comerciales e esta época estuvieron caracterizadas por el trueque reguladas ´por la costumbre, sin normas escritas, Conforme a lo anterior son antecedentes de nuestra legislación vigente: las leyes y ordenanzas de  España y el derecho nacional.
Época colonial
El comercio entre España y América se desarrollo a través de la casa de contratación de las indias, esta fue creada por los reyes católicos en el año 1503 y era un organismo estatal inspirado en la       “casa de Indias” portuguesa. Funciono independiente  hasta el 1524, su sede oficial estaba radicada en Sevilla, pero a partir del 1717 se traslado al Cádiz, siendo abolida en 1970. Sus funciones iban encaminadas a mantener y conseguir un control del comercio establecido entre la metrópolis y las colonias de ultramar.  El emperador Carlos V trato de desmonopolizar la funciones de la casa de contratación pero no tuvo éxito.
·         Este inspeccionaba la emigración española verificando el oficio, lugar de destino, religión y sexo del emígrate igualmente controlo el trafico de esclavos y negó el viaje a  América a el que no demostraba su condición de cristiano.
·         Centralizaba  el envío  de las flotas y como tribunal conocía de los asuntos del comercio y navegación relacionados con América, en Cartagena funciono una de esas oficinas.
·         El comercio en esa época se regulaba por el código de las siete partidas, la recopilación de indias y sobre todo la novísima  recopilación  que aunque se promulgo antes de la independencia rigió bastante tiempo en Colombia conforma la constitución política  de 1821.
·         El código de las siete partidas fue creado por Alfonso X  el sabio, por encargo de su padre Fernando III, La recopilación de este se hace en 1256 y 1263, pero solo adquirió fuerza de ley  en el año 1348 cuando las cortes de Alcalá lo aprobaron.  Este código se inspiro en el derecho romano y reglamentó aspectos de la visa social española.
·         La recopilación de las indias fue el fruto de muchas leyes  españolas, en efecto influyeron en ellas las leyes del toro del 1505, las leyes de burgos de 1512, las leyes nuevas de 1542 y 1543. La primera recopilación se inicio  en los tiempos de Carlos II  hacia 1680 y se llamo recopilación de las leyes  de los reinos de india que tenia 9 libros  y 6.377 artículos.
·         La novísima recopilación rigió en España  entre 1805 y 1889. Publicada entre el reino de Carlos  IV, constaba de  2000 leyes divididas en 12 libros, rigió bastante tiempo en Colombia conforma  a la constitución de 1821. Las ordenanzas de Bilbao fueron redactadas por comerciantes de la casa   de contratación de Bilbao y reconocida por los reyes Fernando e Isabel el 21 de julio de 1494.

Primer código del comercio
Es copia del código de comercio español de 1829, sancionado y promulgado por la real cedula del 30de mayo de 1829 por Fernando VII y elaborado por Pedro Sainz de andino quien se baso en código de comercio de Napoleón promulgado en 1807 y entro en vigencia en 1808.
Se adopto la misma forma que par el código civil; división de libros y títulos con una sola enumeración de artículos. Fue imitación de las ordenanzas de de 1673 y 1681. El mas grave defecto del código fue reproducir casi literalmente l derecho anterior, pues en 1807 podía preverse la gran revolución que iba  a producirse en la industria y comercio. El código de comercio colombiano de 1853 derogo las ordenanzas de Bilbao.
Con la llegada del federalismo  en 1858 cada estado soberano (Antioquia, bolívar, Boyacá, cauca, Cundinamarca, panamá, Santander)  dicta su propia legislación sobre derecho civil, mina y  comercio terrestre.  Quedando en  manos del gobierno nacional. En 1870 se dicta para todo el país el código de comercio  marítimo, copia del código de chile.
El código de comercio terrestre del estado soberano de panamá fue uno de los mas importantes , data de 1869 y esta tomado del código de chile excepto el libro III sobre derecho marítimo , el código de chile fue redactado por el argentino José Gabriel Ocampo a partir de :
·         El código de Napoleón
·         El código español
·         Las ordenanzas de Bilbao, Entre otros
Segundo código del comercio
La constitución  de 1886 abolió el federalismo y en consecuencia se expidieron los códigos de comercio de 1887, recopilación del código de comercio de panamá y  el código de comercio marítimo de 1870, con posterioridad se dictaron leyes y decretos los cuales se destacan:
·         Ley 45, de 1923 sobre establecimientos bancarios
·         Ley 46 , de 1923 sobre instrumentos negociables
·         Ley 105, de 1927 sobre compañías de seguros
·         Ley 16 de 1936, sobre  establecimientos de créditos
·         Ley 66 de 1947, sobre compañías de capitalización
·         Decreto 2368 de 1960 sobre sociedades administrativas de inversión
·         Decreto 2369, de 1960 sobre corporaciones financieras
·         Decreto 2969, de 1960 sobre bolsas de valores
·         Decreto 2970, de 1960 sobre sociedades de capitalización.

Tercer código de comercio (Vigente)
Decreto 410 de 1971
En  1953 se nombro una comisión redactora que elaboro el proyecto del código y lo entrego en  1958  consideración del congreso, este fue archivado por 10 años por motivos de violencia etc.
En 1968 se nombro una comisión revisora del proyecto de 1958 para actualizarlo y al finalizar el año 1970  se llamaron a autores para completar el trabajo.
El 27 de marzo de 1971 el gobierno expidió el decreto –ley 410que entro en vigor desde el 10 de enero de 1972 con excepción del articulo 821, del cap. V , titilo XIII, libro IV y del libro IV,  que rigieron desde la fecha de su expedición , conforme al articulo 2038 del mismo decreto.
El código constituye una mezcla de sistemas jurídicos y de reglamentaciones internacionales, el sistema francés, germánico y el italiano se reflejaron en los artículos 20, 25
En cuestiones de reglamentación internacional, hoy actualizadas incorporadas en el código de comercio podemos destacar la decisión 344 de 1993, vigente desde el 1 de enero de 1994 de la comisión del acuerdo de Cartagena sobre marcas y patentes, el proyecto Intal en materia de títulos – valores,. Modificado a favor de la ley de instrumentos negociables de estados unidos que estuvo vigente en Colombia por casi 50 años desde la ley 46 de 1923, influencia de reglamentos  y usos sobre cartas de créditos de la cámara de comercio internacional. El código utiliza la técnica legislativa subdividiéndose en libros, capítulos, secciones, artículos y parágrafos.
Materias que comprende:
·         Disposiciones  generales
·         Libro I:  de los comerciante y de los asuntos del comercio
·         Libro II:  de las sociedades comerciales
·         Libro III: de los bienes mercantiles
·         Libro IV : de los contratos y obligaciones comerciales
·         Libro V: de la navegación

2 comentarios:

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